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Asistentes a la JMJ deben pagar impuesto del 5% sobre valor de pasajes internacionales terrestres

 

  • ICT verifica mediante operativos en la frontera el cumplimiento de este tributo
  • Impuesto no aplica para quienes utilicen servicios locales de uno y otro país mediante trasbordo en Paso Canoas

El Instituto Costarricense de Turismo (ICT) recuerda a los peregrinos y turistas que transitan por Costa Rica rumbo a la Ciudad de Panamá para asistir a la Jornada Mundial de la Juventud 2019, que todo pasaje vendido en nuestro país para el transporte internacional terrestre paga un impuesto del cinco por ciento sobre su valor, independientemente del motivo del viaje, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46, inciso a) de la Ley Orgánica del ICT 1917 del 29 de julio de 1955, sus reformas y su reglamento, D.E. N°37979-MP-H-MEIC-G-J-TUR del 25 de octubre del 2013.

El impuesto deberá ser cancelado a través de las personas físicas o jurídicas que vendan el servicio de transporte internacional, denominadas “excursionistas” o de los propietarios registrales de los vehículos (autobuses o microbuses) que vendan y presten el servicio de transporte internacional en forma directa, según sea el caso.

El impuesto excluye aquellos pasajes que se vendan al amparo de leyes especiales o tratados internacionales que eximan de su pago, previa verificación por parte del I.C.T.

Tampoco aplica este impuesto a los peregrinos quienes, en ocasión de la Jornada Mundial de la Juventud, toman un servicio de transporte desde algún punto de Costa Rica hacia Paso Canoas y que una vez que hacen Migración, realizan un transbordo para continuar su camino hacia Ciudad de Panamá.

El Departamento de Ingresos del Instituto Costarricense de Turismo, mediante operativos que efectúa en los puestos de salida del país, se encuentra verificando el pago efectivo de este impuesto.

Última Modificación: 01/05/2024.
Instituto Costarricense de Turismo