INSTRUCCIONES GENERALES DE INSCRIPCIÓN EN FERIAS INTERNACIONALES DEL PERIODO 2025-2026
1) Las ferias incluidas en este formulario de inscripción, podrían estar sujeta a cambios unilaterales por parte de los organizadores de los eventos, los cuales se comunicarán a los participantes en caso de que así suceda.
2) Debido a las restricciones de espacio disponible, el cupo máximo de empresas para la participación en estas ferias será el siguiente: IFTM TOP RESA (15), FIT (10), WTM (45), FESTURIS GRAMADO (5), FITUR (40), FESPO (7), VITRINA TURISTICA ANATO (15), ITB (40), WTM LATIN AMERICA (20), SEA TRADE (6).
3) Se participará en las ferias dirigidas a público general, Salon de Turisme e Vogayes Montreal, las ferias Outdoor Adventure Show (Toronto, Vancouver, Calgary) y las ferias Travel & Adventure Show (Seattle, New York, Los Angeles, Dallas y Denver). El cupo en cada una de las ferias es de 5 empresas. El cupo para cada una de las ferias es de 5 empresas. La participación en cada evento estará sujeta a que se cumplete dicho cupo.
4) El ICT asignará los espacios a las empresas turísticas costarricenses que cumplan con los requisitos de inscripción en su totalidad, según el orden en que se reciban los formularios electrónicamente.
5) Se fijará una única fecha de pago a las empresas, en caso de no efectuar el pago en esa fecha se asignará el espacio a empresas en lista de espera, en el orden que se recibieron sus solicitudes. No se darán prórrogas en las fechas de pago.
6) Se estará realizando el proceso de inscripción mediante el formulario en línea que estará disponible en la página web del ICT desde el 17 de junio hasta el 25 de junio 2025. Se debe adjuntar al formulario la carta de validación que se incluye en el punto 3 del mismo. Los formularios que no incluyan esta carta debidamente firmada no se aceptarán como válidos.
7) Tal y como se define en el Artículo 19 del Reglamento, a las empresas participantes se les estará aplicando los descuentos correspondientes según el nivel de CST, ya sea 60% a empresas que cuenten con nivel Básico y exoneración total de pago a las empresas con categoría Elite.
8) Es muy importante considerar lo indicado en Artículo 8 del Reglamento Regulaciones generales para la participación de la empresa privada en las ferias internacionales con el Instituto Costarricense de Turismo: "Podrán inscribirse y participar, las Cámaras de Turismo, las Asociaciones de Turismo y todas aquellas empresas que cuenten con la declaratoria turística en firme o con el Certificado de Sostenibilidad Turística". Se hace énfasis en que el requisito de contar con declaratoria turística o CST es necesario no solo para el proceso de inscripción, sino también al momento de inscripción en los directorios de ferias, con lo cual se confirma su participación. De esta forma, si el CST no está vigente para la fecha de la feria, no se podrá aplicar la exoneración. De esta forma, si el CST no está vigente para la fecha de la feria, no se podrá aplicar la exoneración correspondiente, a menos que la empresa efectúe la debida renovación antes de las fechas de pago establecidas.
9) En casos excepcionales y con previa autorización del ICT, si el representante legal no cuenta con el dispositivo para firma digital, se podrá realizar el proceso de inscripción provisionalmente mediante el envío de la carta que se incluye en el punto 3 del formulario digital, con la firma escaneada del representante legal de la empresa. Asimismo, deberá comprometerse a entregar la carta impresa con firma en original, en la hora, lugar y fecha que oportunamente se le comunique (oficinas centrales o regionales). En estos casos excepcionales, se debe completar normalmente el formulario en línea dentro del plazo establecido, y la inscripción quedará sujeta al recibido conforme por parte del ICT de los documentos originales firmados.